El principio quien contamina paga en la regulación europea. El medio ambiente sometido a reglas jurídicas
DOI:
https://doi.org/10.29059/rdycsv.v2i1.49Palabras clave:
Políticas Medioambientales, Proporcionalidad, Responsabilidad, Regulación europeaResumen
El principio quien contamina paga fue introducido por la OCDE en 1972 como uno de los principios guías relacionados con los aspectos económicos de las políticas medioambientales. También se encuentra presente en el Tratado de la Comunidad Económica Europea y a nivel internacional se consagró en la Declaración de Río de Janeiro sobre Medio ambiente y desarrollo Sostenible, y –de forma más exhaustiva- en el Convenio sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación de 21 de mayo de 1997. Pero la legislación europea medioambiental se encuentra en continuo addatamento, surgiendo interrogantes respecto de este principio que ameritan respuestas basadas en la revisión de las reglas a las que se ha sometido el medio ambiente y su interpretación según la jurisprudencia emanada del Tribunal de Luxemburgo. Así, el medio ambiente en el marco europeo es un ejemplo de transversalidad a la hora de su protección, encontrándose en un punto crítico coyuntural por su naturaleza global. Y las cosas se vuelven mucho más complicadas desde una perspectiva legal por las posibles interacciones entre el cambio climático con otros campos del derecho internacional. No obstante, el principio quien contamina paga ha sido el desencadenante de los primeros pasos hacia la creación de una teoría de la responsabilidad ambiental.
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