DOI : https://doi.org/10.29059/rdycsv.v8i1.237
El derecho a la educación inicial, la relación con los factores socioeconómicos y de seguridad en el estado de Tamaulipas, México
The Right to Early Childhood Education and Its Relationship with Socioeconomic and Security Factors in the State of Tamaulipas, Mexico
Héctor Pavel Mellado-González
Universidad Autónoma de Nuevo León
https://orcid.org/0000-0003-3336-0291
Correspondencia: hector.melladog@uanl.edu.mx
Fecha de recepción: 23 de agosto del 2025
Fecha de aceptación: 28 de noviembre del 2025
Fecha de publicación: 8 de diciembre del 2025
Resumen
Este artículo analiza la evolución de la matrícula en educación preescolar pública en el estado de Tamaulipas durante el periodo 2015–2024, entendida como un indicador clave del ejercicio del derecho humano a la educación, empleando un enfoque cuantitativo, no experimental, transversal y correlacional, basado en datos oficiales de fuentes públicas. Se examina el comportamiento de la matrícula, la asociación con variables socioeconómicas y de seguridad pública, como lo son la desocupación, pobreza, pobreza extrema y delitos del fuero común.
Los resultados muestran una tendencia descendente en la matrícula preescolar durante los años afectados por la pandemia de COVID-19, seguida de una recuperación parcial que no logra alcanzar los niveles previos. Además, se identifica una correlación positiva y estadísticamente significativa entre la matrícula y la tasa de desocupación en el Estado.
Los hallazgos reflejan la complejidad de factores estructurales y variables contextuales del derecho a la educación inicial, entre ellos los sociodemográficos y las condiciones laborales, resultando pertinente la investigación para la Agenda 2030 en el Objetivo Cuatro del Desarrollo Sostenible (ODS4), orientado a garantizar una educación inclusiva y equitativa, específicamente en la meta 4.2 para la primera infancia y la enseñanza preescolar.
Palabras Clave: Derecho a la educación, Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS4, Agenda 2030
Abstract
This article analyzes the evolution of enrollment in public preschool education in the State of Tamaulipas during the period 2015–2024, understood as a key indicator of the exercise of the human right to education. A quantitative, non-experimental, cross-sectional, and correlational approach is used, based on official data from public sources. The behavior of enrollment and its association with socioeconomic and public safety variables, such as unemployment, poverty, extreme poverty, and common crimes, are examined.
The results show a downward trend in preschool enrollment during the years affected by the COVID-19 pandemic, followed by a partial recovery that does not reach previous levels. Furthermore, a positive and statistically significant correlation is identified between enrollment and the unemployment rate in the State.
The findings reflect the complexity of structural factors and contextual variables affecting the right to early childhood education, including sociodemographic factors, and working conditions. This research is relevant to the 2030 Agenda for Sustainable Development Goal 4 (SDG4), which aims to ensure inclusive and equitable education, specifically target 4.2 for early childhood and preschool education.
Keywords: Right to education, Sustainable Development Goals, SDG4, 2030 Agenda
Introducción
El estado de Tamaulipas se caracteriza por una paz social volátil, derivada de índices de inseguridad multifactoriales, percepciones y desafíos económicos que afectan a su población. Estos factores influyen de manera significativa en la garantía y el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Congreso de la Unión, 1917), considerando sus reformas hasta 2025 y en normas internacionales. Entre estos derechos, la educación, y específicamente la educación preescolar, es fundamental para el desarrollo integral de niñas y niños, estableciendo las bases para la igualdad de oportunidades y la reducción de desigualdades sociales.
Históricamente, los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), que incluyen el derecho a la educación, han experimentado un proceso gradual de reconocimiento internacional, desde la ausencia explícita en documentos iniciales como la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (Asamblea Nacional de Francia, 1789) hasta su consolidación en instrumentos contemporáneos (Mendoza, 2024). La Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948) reafirma estos derechos como universales e inalienables, para el caso mexicano reconocido como derecho humano en el artículo 3 constitucional, la Ley General de Educación en su artículo 12, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículo 57 y el artículo 17 fracción III de la Constitución del Estado de Tamaulipas (2024).
En este contexto, Tamaulipas enfrenta retos significativos derivados de condiciones socioeconómicas adversas, como la fluctuación en las tasas de desocupación, la pobreza y la pobreza extrema, así como de una situación de inseguridad reflejada en los índices de delitos del fuero común. Estas circunstancias complejas impactan directamente en el acceso y la permanencia en la educación preescolar pública.
Este estudio, de corte cuantitativo, propone analizar la relación entre la matrícula en educación preescolar pública con las variables socioeconómicas y de seguridad pública en el Estado de Tamaulipas durante el periodo 2015-2024. Y es que, en particular, se busca identificar y delimitar el comportamiento de factores estructurales que afectan el ejercicio del derecho humano a la educación inicial, y enfatizar la necesidad de políticas integrales que aborden estos desafíos; además es pertinente dado que la información del presente se enmarca en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4).
El Estado de Tamaulipas enfrenta una situación compleja en la que los derechos humanos, la inseguridad y los desafíos socioeconómicos se entrelazan, impactando directamente en la calidad de vida de sus habitantes o de poblaciones migrantes temporales en el estado. Esta interacción plantea interrogantes sobre la eficacia y alcance de las políticas públicas destinadas a garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales, particularmente en el ámbito educativo. De este contexto, surgen las siguientes preguntas de investigación:
Marco teórico
Explorando la teoría y evolución conceptual de los derechos humanos
Los derechos humanos, entendidos como prerrogativas fundamentales inherentes a toda persona, representan uno de los avances más significativos del pensamiento jurídico y político de la humanidad. Su conceptualización ha evolucionado a lo largo de la historia y se ha enriquecido mediante diversas teorías que buscan explicar su naturaleza, su origen y los mecanismos para garantizar su efectividad ante las variables endógenas y exógenas a las que se enfrentan en el sistema social.
El documento destaca que la noción de derechos humanos como hoy se conoce no surgió de forma espontánea ni uniforme, sino que ha sido el resultado de un proceso gradual de reconocimiento y positivización jurídica. Mendoza (2024) menciona que los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), dentro de los cuales se inserta el derecho a la educación, estuvieron ausentes en los primeros instrumentos, como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano proclamada en 1789 por la Asamblea Nacional Constituyente de Francia (1789). Sin embargo, este hito histórico, sí sentó las bases para una visión liberal de los derechos, centrada principalmente en libertades individuales y políticas.
El reconocimiento de los derechos humanos como universales e inalienables se consolidó después de la Segunda Guerra Mundial, especialmente con la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Naciones Unidas, 1948), que amplió el catálogo de derechos más allá de los civiles y políticos para incluir de forma expresa derechos de carácter social, económico y cultural. Para Bidart (1991), la universalidad implica que los derechos humanos corresponden a todas las personas por el solo hecho de ser humanas, sin distinción alguna, y no dependen de la legislación estatal para existir, aunque requieren del derecho positivo para su protección y exigibilidad, estableciendo así una paradoja de reconocimiento, pero este es tema de Filosofía del Derecho y se debe de abordar en otra línea de investigación.
La clasificación generacional es una de las herramientas que más se utiliza para tratar de analizar la evolución conceptual de los derechos humanos. De acuerdo con Nickel (2007) y Steiner et al. (2008), los derechos de primera generación se relacionan con la libertad individual, la propiedad privada y la participación política, y surgen como respuesta a los abusos del poder estatal. Los de segunda generación, como el derecho a la educación, la salud o el trabajo digno, buscan garantizar la igualdad material y la justicia social, y requieren de la intervención proactiva del Estado para su cumplimiento, en donde México en la Constitución de 1917 fue pionero en su reconocimiento como derechos sociales. Finalmente, los derechos de tercera generación se refieren a los vinculados con solidaridad y colectividad, como el derecho al desarrollo sostenible, a un medio ambiente sano o a la paz, respondiendo a problemas globales que trascienden fronteras.
Junto a esta evolución histórica, diversas teorías han interpretado el sentido y la justificación de los derechos humanos, en la Teoría Naturalista, como la expone Donnelly (2013), sostiene que los derechos humanos existen de forma inherente a la naturaleza humana; son anteriores y superiores a cualquier disposición legislativa. Bajo este supuesto, estos se derivan de principios morales universales y son independientes de la voluntad del Estado. En contraste, la Teoría Positivista, representada por autores como Hart y Liébana (2025, p. 30), argumentan que “lo único que importa es que se trata de objetivos colectivos y no de principios distributivos que describen derechos”. Desde esta perspectiva se infiere que los derechos humanos solo adquieren validez cuando están descritos en el sistema constitucional y positivizados en los sistemas jurídicos de segundo orden, emitidos por la autoridad legitimada y sancionados por otra jurisdicción competente. Es decir, su legitimidad no solo depende de la legislación o el reconocimiento formal en el orden jurídico, sino su materialización al impartir justicia.
Por su parte, la Teoría Crítica se enfoca en examinar cómo las estructuras de poder, las dinámicas económicas y las jerarquías sociales moldean la definición y la aplicación de los derechos humanos. En Kennedy (2004) establece que, en muchos contextos, los derechos pueden terminar reproduciendo desigualdades, en lugar de corregirlas, si no se transforman las condiciones estructurales que los obstaculizan o condicionan, y en la era de la globalización las condiciones materiales perpetúan dichas desigualdades.
Esta diversidad teórica ha permitido que el concepto de derechos humanos se vuelva complejo y multidimensional, situación que ha fortalecido sistemas como el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), que articula principios comunes mediante tratados como la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (Organización de los Estados Americanos [OEA], 1948) y el Protocolo de San Salvador (OEA, 1988). Según Ventura y Guerrero (2014), el SIDH funciona como una superestructura jurídica dentro del marco de la Organización de los Estados Americanos, operando a través de órganos especializados, los cuales han tomado relevancia por su papel protagónico y sus tensiones con las legislaciones nacionales.
En dichos mecanismos regionales, aunque fortalezcan la idea de que los derechos humanos no solo son normas éticas sino obligaciones jurídicas exigibles, ancladas en un sistema constitucional nacional (Mellado-González, 2024), esto a su vez genera tensiones en el acoplamiento estructural con el sistema internacional que no comparte el contexto histórico de los principios y valores fundacionales de los sistemas constitucionales. En México, la reforma constitucional de 2011 fue un punto de inflexión que integró los estándares internacionales directamente en el texto constitucional estableciendo que todos los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales y ratificados por México tienen rango constitucional (Corte y Pérez, 2017).
No obstante, la efectividad de estos sistemas y teorías enfrenta retos permanentes. Por ejemplo, Méndez (2018) señala que, aunque la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) desempeña un papel clave en la defensa de los derechos en México, sus recomendaciones no tienen carácter vinculante, lo que limita su capacidad de garantizar la materialización de los derechos reconocidos formalmente.
Como tal, la evolución conceptual de los derechos humanos constata que no se trata de normas estáticas (Jara et al., 2025), ya que estas son producto de construcciones de luchas históricas y dinámicas, profundamente vinculadas a las grandes transformaciones sociales, políticas y/o económicas. La coexistencia de diversas teorías (naturalista, positivista y crítica) enriquece el debate y obliga a considerar que, para garantizarlos efectivamente, no basta con su reconocimiento formal, es indispensable transformar las condiciones estructurales que limitan el pleno ejercicio.
A raíz de lo anterior, es necesario avanzar hacia modelos teóricos constructivistas o pospositivistas que puedan revelar una realidad inherente a los derechos humanos, no solo como verdades fácticas, sino contextuales. Esto resulta fundamental, ya que es imprescindible que estos derechos cumplan con los requisitos establecidos por Kelsen en la prueba de validez de las normas (Vernengo, 2021). La validez de los derechos humanos se deriva de su positivización, que a su vez implica una tensión permanente entre la acción legislativa y el control institucionalizado inherente al Estado. No obstante, es posible invertir la base de la pirámide en el análisis, iniciando con: a) datos duros e indicadores disponibles (principio de realidad), b) analizar la norma positiva, c) elaborar una comparación entre el bien jurídico tutelado (principio de validez) y d) la interacción autopoiética con el sistema constitucional (principio de eficiencia).
Para alcanzar este objetivo, es necesario establecer modelos metadisciplinarios, concebidos de manera que cada uno de los derechos humanos del sistema constitucional se entienda como un sistema autónomo y autorreferente, pero cognitivamente relacionado con el sistema constitucional. Este enfoque permite el procesamiento de información de manera sistemática que permite una fotografía del fenómeno de estudio y su contexto.
Fundamentación de la educación preescolar como derecho humano
La educación preescolar es reconocida como un derecho humano fundamental, base del desarrollo integral de la niñez para garantizar la igualdad de oportunidades. Esta concepción no es reciente: a lo largo de la historia, el derecho a la educación se ha consolidado como uno de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), que se sumaron a la agenda internacional tras la Segunda Guerra Mundial.
En este sentido, la educación preescolar se entiende como la primera etapa del sistema educativo formal y su importancia radica en ser la base sobre la cual se edifican los aprendizajes posteriores y se fortalecen las capacidades cognitivas, sociales y emocionales de niñas y niños. Contreras et al. (2024) destacan que, bajo el principio del interés superior de la niñez, consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas, 1989) y enmarcado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda política educativa debe priorizar la atención y protección integral de la infancia, reconociendo a los menores como titulares plenos de derechos.
En el caso específico de México, este compromiso se materializó a través de reformas legales significativas. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Congreso de la Unión, 2014) estableció directrices claras para la protección, el desarrollo y la participación de la niñez, obligando a las entidades federativas a adecuar sus marcos jurídicos locales. Tamaulipas cumplió con esta directriz mediante su propia Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Congreso del Estado de Tamaulipas, 2025), la cual reconoce la responsabilidad compartida de la familia, la comunidad, el Estado y la sociedad en general para garantizar que todos los niños y niñas accedan a un desarrollo integral (Contreras et al., 2024).
La obligatoriedad de la educación preescolar se refuerza también en la Ley General de Educación, que señala que esta etapa debe atenderse de forma universal, gratuita y laica, procurando responder a la diversidad cultural del país y promoviendo valores de inclusión y equidad. Guerrero (2024) subraya que, en México, la educación preescolar se encuentra estructurada para fortalecer el desarrollo de habilidades básicas, tanto intelectuales como afectivas y sociales. Por ello, la inversión en la formación docente, la calidad de los contenidos educativos y la participación de las familias son elementos clave para garantizar la efectividad de este derecho.
La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, impulsada por las Naciones Unidas (2025), refuerza esta visión a través del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4), que busca garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, así como promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos. La Meta 4.2 de dicho objetivo plantea que, para el año 2030, todos los niños y niñas deben tener acceso a servicios de atención y educación preescolar de calidad que los preparen adecuadamente para la educación primaria.
Este enfoque encuentra eco en la estrategia educativa del Gobierno del Estado de Tamaulipas (2024), el cual ha alineado sus políticas con el ODS 4 mediante acciones dirigidas a ampliar la cobertura, mejorar la infraestructura y diversificar las modalidades de atención. Guerrero (2024) advierte que garantizar este derecho no se limita al acceso, sino que exige asegurar la calidad y equidad en los aprendizajes, mediante inversión en recursos, seguimiento evaluativo y participación de todos los actores sociales, pero a pesar de que se corren ríos de tinta teórica, son pocos los desarrollos mixtos que involucren la correlación no solo de datos educativos, sino que además involucren datos de variables contextuales que puedan condicionar, o no el derecho a la educación.
En conclusión, la educación preescolar, más que un servicio público, es un derecho humano indispensable para garantizar la igualdad sustantiva, el acceso a oportunidades y la promoción de sociedades más justas y equitativas. Su fundamentación se sostiene en la supremacía del sistema constitucional mexicano, tratados internacionales y compromisos multilaterales como los ODS, pero su realización efectiva depende de la capacidad del Estado y la sociedad para atender los múltiples factores estructurales que inciden en la cobertura, la calidad y los factores que la pueden condicionar.
Seguridad y su relación con el derecho a la educación
La seguridad es un elemento estructural indispensable para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos, entre ellos el derecho a la educación. Su ausencia o su debilidad afecta directamente la posibilidad de que niñas, niños y adolescentes accedan, permanezcan y concluyan sus trayectorias escolares, especialmente en contextos donde la violencia y la criminalidad erosionan la cohesión social y la confianza en las instituciones públicas.
Desde una perspectiva teórica, la seguridad ha sido abordada por distintas escuelas de pensamiento. Según Buzan (1991), este concepto se extiende más allá de la protección frente a amenazas físicas, incluyendo dimensiones como la seguridad económica, la seguridad de la salud y la seguridad ambiental. Esta visión multidimensional implica reconocer que la inseguridad impacta de forma transversal todos los ámbitos de la vida social y, por tanto, la materialización de los derechos fundamentales.
En el ámbito de la teoría política, el Realismo, representado por autores como Waltz (1979), concibe la seguridad como la protección de la soberanía estatal frente a amenazas externas, priorizando la supervivencia nacional y la defensa territorial. Desde este enfoque, la seguridad se entiende como una función primordial del Estado, quien posee el monopolio de la fuerza legítima para salvaguardar a la población. En contraste, el Liberalismo, expuesto por Keohane (1984), enfatiza la posibilidad de alcanzar la seguridad mediante la cooperación internacional, la construcción de instituciones multilaterales y la promoción de la paz y el orden legal. Por su parte, el Constructivismo, según Wendt (1992), destaca que las amenazas a la seguridad no son objetivas, sino construcciones sociales moldeadas por factores culturales, políticos y económicos.
Estas aproximaciones muestran que la seguridad es una condición compleja y dinámica, que depende tanto de factores materiales como simbólicos. Mellado-González (2024) enfatiza que, bajo un Estado Constitucional de Derecho, la seguridad se fundamenta en la renuncia de los individuos a ejercer la justicia por mano propia, confiando en la capacidad del Estado para garantizar el orden mediante el uso legítimo de la coerción. Esta idea, que remite a Hobbes (2008, publicada originalmente en 1651) y a pensadores como Weber (1946), subraya la función del Estado como garante de la seguridad pública y del respeto de los derechos entre los individuos y frente a la autoridad.
En el caso mexicano, el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (última reforma en 2025) determina que es responsabilidad del Estado proteger la existencia, las libertades, así como la integridad y el patrimonio de las personas, configurando una doble dimensión del derecho a la seguridad: en primer término, como un derecho subjetivo a recibir protección y por otro, como una obligación objetiva del Estado de proveerla (CPEUM, 2025).
Sin embargo, la realidad de los estados como Tamaulipas muestra que este derecho se enfrenta a serios desafíos. Considerando a Human Rights Watch (2020), la actividad del crimen organizado, los altos índices de homicidios, secuestros y extorsiones, así como la infiltración del crimen en instituciones públicas, configuran un escenario de vulneración constante de la seguridad y la integridad personal. Este entorno de violencia no solo afecta directamente a la población adulta, sino que repercute especialmente en el ejercicio de derechos como la educación, ya que limita la movilidad de las familias, genera desplazamiento interno y propicia la deserción escolar, particularmente en zonas rurales y comunidades afectadas por disputas territoriales.
A nivel nacional, se han implementado estrategias para contrarrestar esta situación. La Estrategia Nacional de Seguridad Pública (Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, 2019) plantea una visión integral que articula la seguridad pública con la justicia social. Esta estrategia propone acciones que van desde el reforzamiento de la presencia militar y la creación de cuerpos especializados para combatir el crimen organizado, hasta medidas de prevención social de la violencia mediante la garantía de acceso a servicios básicos, empleo y educación de calidad.
Este panorama refuerza la idea de que el derecho a la educación no puede garantizarse de forma aislada del contexto de seguridad, la relación entre seguridad y educación es bidireccional: por un lado, la inseguridad restringe la movilidad, la asistencia y el funcionamiento de las escuelas y por otro la educación de calidad con amplia cobertura contribuye a reducir factores de riesgo asociados con la violencia, como la exclusión social y la falta de oportunidades.
En síntesis, el derecho a la seguridad y la educación se construyen mediante sistemas jurídicos como elementos del Sistema Constitucional que busca equilibrar el bienestar, la justicia y la protección de derechos, como se ha apuntado en Mellado-González (2024); ahora bien, garantizar un entorno seguro no solo implica reforzar la presencia policial o militar, sino también atender las causas estructurales de la inseguridad mediante políticas públicas integrales que promuevan el desarrollo económico, la cohesión social y el acceso efectivo a la educación, y así abonar a la construcción de condiciones de igualdad para reducir las brechas que perpetúan la vulnerabilidad y la exclusión social.
Condicionantes socioeconómicos del derecho a la educación
El derecho a la educación, especialmente en su nivel inicial, se encuentra condicionado por factores estructurales de índole socioeconómica que determinan las posibilidades reales de acceso, permanencia y conclusión de la trayectoria escolar de millones de niñas y niños. Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), dentro de los cuales se incluye el derecho a la educación, establecen la capacidad del Estado para generar las condiciones materiales necesarias para garantizar su ejercicio efectivo (Committee on Economic, Social and Cultural Rights [CESCR], 1990). Sin embargo, esta garantía enfrenta restricciones derivadas de desigualdades sociales, precariedad económica e insuficiencia de políticas públicas integrales.
La pobreza en México, tanto total como extrema, alcanzó sus niveles más bajos registrados en 2024, con una notable reducción durante el sexenio actual, superando los niveles prepandemia de 2018 y contrarrestando los picos históricos, a pesar de un repunte temporal en 2020 debido a la pandemia de COVID-19 (Ríos, 2025). Sin embargo, factores como la pobreza, la informalidad laboral, el desempleo y la carencia de recursos básicos siguen afectando la capacidad de las familias para priorizar la escolarización de sus hijos. Mendoza (2024) señala que el bienestar económico y el acceso a oportunidades son determinantes clave para materializar los DESC, ya que cuando los hogares enfrentan restricciones económicas severas, limitan la capacidad de cubrir los costos asociados a la educación, transporte, materiales o alimentación complementaria, lo que impacta en la permanencia escolar.
En contextos como el del estado de Tamaulipas, el análisis de estos condicionantes socioeconómicos resulta especialmente significativo, debido a que la pobreza y la precariedad laboral tienden a concentrarse en zonas rurales, comunidades indígenas y periferias urbanas, donde históricamente se registran brechas de infraestructura y calidad educativa. Como señalan Sáenz-Rangel y García-Cantú (2017) se destaca que las desigualdades entre escuelas públicas y privadas, así como entre áreas urbanas y rurales, profundizan la fragmentación social limitando las oportunidades de desarrollo desde la primera infancia.
Además, la informalidad laboral, la migración y la inestabilidad en los ingresos familiares dificultan la planeación a mediano plazo de los hogares y, en muchos casos, obligan a priorizar necesidades inmediatas sobre inversiones educativas. Garrigues (2022) señala que, a pesar de los avances normativos para mejorar la justicia laboral, muchos trabajadores enfrentan precariedad, falta de seguridad social y limitados mecanismos de protección, lo que incide indirectamente en el derecho a la educación de sus hijos.
Este panorama se agrava cuando se observa que la pobreza no solo implica carencia de ingresos, sino múltiples privaciones relacionadas con acceso a servicios básicos, vivienda digna, alimentación suficiente y seguridad social. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL, 2020) subraya que la pobreza multidimensional refleja la complejidad de estas privaciones acumuladas, que condicionan la forma en que las familias enfrentan la educación como derecho y como responsabilidad compartida.
Partiendo del análisis del resultado de la medición de la pobreza multidimensional (Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI], 2025b), en 2024 muestra que Tamaulipas presenta un desempeño relativamente favorable en comparación con el promedio nacional. Mientras que en México el 29.6 % de la población vive en condiciones de pobreza multidimensional, en Tamaulipas esta cifra es 23.7 %. Asimismo, la proporción de población bajo la Línea de Pobreza por Ingresos (LPI) es 35.4 % a nivel nacional, mientras que en Tamaulipas se reduce a 23.7 %. En términos de pobreza extrema por ingresos (LPEI), la diferencia es de 9.3 % a nivel nacional frente al 6.7 % en el estado.
En cuanto a las carencias sociales, a nivel nacional, el 48.2 % de la población no tiene acceso a seguridad social, el 34.2 % carece de servicios de salud, el 14.1 % enfrenta carencias en servicios básicos de vivienda y el 7.9 % habita en condiciones de calidad deficientes o hacinamiento. En contraste, en Tamaulipas los indicadores están por debajo del promedio nacional: 42.4 % carece de acceso a seguridad social, 26.9 % no tiene servicios de salud, 8.3 % presenta carencias en servicios básicos de vivienda, y 6.4 % vive en espacios con deficiencias de calidad o hacinamiento.
En 2024, alrededor del 26.8% de la población de América Latina y el Caribe vivía en pobreza, con un 10% en pobreza extrema (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, 2024). Las cifras de 2023 reportadas por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (2024) son muy similares.
A pesar de que la legislación nacional y estatal reconoce la educación preescolar como obligatoria y universal, la efectividad de este derecho se ve limitada cuando las condiciones estructurales no garantizan igualdad de oportunidades para todas las niñas y niños. Guerrero (2024) recuerda que la etapa preescolar es clave para el desarrollo cognitivo, emocional y social de la infancia y, por ello, se requiere de una inversión pública robusta, personal docente capacitado y estrategias de vinculación con las familias y comunidades.
La inseguridad y la violencia, que afectan a comunidades, se suman a los factores socioeconómicos como barreras indirectas para el ejercicio pleno del derecho a la educación. Las familias que enfrentan desplazamiento, amenazas o contextos de criminalidad recurrente pueden ver interrumpida la escolaridad de sus hijos, profundizando la desigualdad en el acceso a la educación y/o al trabajo.
Los condicionantes socioeconómicos del derecho a la educación son uno de los principales retos para lograr la universalización y la calidad de la educación preescolar en entidades como Tamaulipas y mejorar los índices de seguridad en la entidad.
Método
Este estudio se desarrolla desde un enfoque cuantitativo y un diseño no experimental, transversal y correlacional. Se utilizaron datos públicos y oficiales correspondientes al periodo 2015–2024, procesados mediante técnicas de estadística descriptiva e inferencial (correlaciones Pearson r y Spearman ρ, pruebas bilaterales), con el fin de identificar asociaciones entre las variables analizadas.
Las variables y sus definiciones operativas fueron:
Estas variables fueron seleccionadas por su relevancia en el análisis de condiciones estructurales que influyen tanto en el acceso a la educación como en la calidad de vida de la población en el contexto estatal.
Para el tratamiento de estas variables, se recurrió a información documental de carácter censal, proveniente de fuentes oficiales como los Anuarios de Estadística Educativa de la Secretaría de Educación de Tamaulipas. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la Secretaría de Bienestar, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Los datos fueron organizados de forma anual, ya sea por ciclo escolar o año calendario, de acuerdo con la disponibilidad de cada fuente.
Con base en esta sistematización, se construyeron gráficas de línea que permitieron visualizar las trayectorias y describir las fluctuaciones de cada variable a lo largo del periodo de estudio, utilizando la numeración del 1 al 10 para representar los 10 años del periodo analizado, desde 2015 hasta 2024.
Posteriormente, se aplicaron los coeficientes de correlación de Spearman (ρ) y Pearson (r) mediante el software estadístico SPSS, con el propósito de identificar posibles relaciones o asociaciones, ya que al utilizar ambos coeficientes permite distinguir entre relaciones lineales y relaciones monótonas no lineales, buscando un análisis completo y profundo de la conexión entre variables. Las pruebas son bilaterales y el tamaño muestral (n) utilizado para cada prueba es de n = 10.

La matrícula preescolar pública se asignó al año de inicio del ciclo escolar, ya que la inscripción generalmente ocurre antes o durante los primeros meses del año. Los indicadores socioeconómicos y de seguridad se asignaron al mismo año calendario. El emparejamiento para el período 2015-2024 de la matrícula es el siguiente:
En cuanto a la interpretación, el coeficiente de correlación (que varía entre -1 y +1) mide la fuerza y la dirección de la relación lineal. Valores próximos a +1 indican una relación positiva fuerte, en la que ambas variables aumentan o disminuyen simultáneamente; valores cercanos a -1 señalan una relación negativa fuerte, donde una variable aumenta mientras la otra disminuye; y un valor cercano a 0 refleja ausencia de relación lineal. Para una mayor comprensión de la interpretación de los resultados, observable en la Tabla 2.
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La significancia estadística de las relaciones identificadas fue evaluada mediante el p-valor, el cual indica la probabilidad de obtener los resultados observados, o más extremos, siempre bajo el supuesto de ausencia de efecto real (es decir, asumiendo que no existe asociación entre las variables analizadas). De acuerdo con los criterios convencionales, un p-valor inferior a 0.05 se interpreta como una evidencia estadísticamente significativa, lo que implica que los datos son poco compatibles con el supuesto de que no hay efecto (Molina, 2017).
Entre las principales limitaciones del estudio se encuentran el tamaño muestral por variable, lo que limita la capacidad de hacer inferencias generalizables o establecer relaciones causales. Además, los datos provienen de diferentes contextos temporales y temáticos, como ciclos escolares, tasas de desocupación, pobreza y delitos del fuero común, lo que dificulta la integración homogénea y comparativa de la información. También, las diferencias metodológicas entre las fuentes oficiales pueden introducir sesgos que se reconocen como parte del contexto de análisis.
Esta diversidad en los datos refleja la complejidad del fenómeno estudiado, lo que enriquece el análisis al ofrecer una visión más amplia de los factores que afectan la matrícula preescolar. Aunque las diferencias metodológicas entre las fuentes representan un desafío, también brindan oportunidades para mejorar la recopilación y estandarización de los datos en futuras investigaciones, facilitando una comprensión más precisa de las relaciones entre las variables.
Análisis e interpretación de resultados
Educación preescolar pública
El análisis de la Gráfica 1, que presenta la matrícula en educación preescolar pública en Tamaulipas entre 2015 y 2024, muestra una tendencia a la baja. A lo largo de este período, la matrícula comienza con 97,794 inscripciones en el ciclo 2015-2016 (1) y experimenta una caída constante en los siguientes años. Esta disminución paulatina se mantiene hasta alcanzar 76,234 inscripciones en el ciclo 2023-2024 (10).
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El punto más bajo de inscripción se registró en los últimos años, lo que resaltó la persistente disminución en la cantidad de infantes inscritos en el nivel preescolar en el sector público de Tamaulipas. Este descenso continuo sugiere una tendencia notoria en la cobertura de la educación preescolar pública.
Desocupación
La Gráfica 2 presenta una tendencia general a la baja en la tasa de desocupación a lo largo del periodo. Como tal, la desocupación se presenta en 4.82% en 2015 (1) y culmina en su punto más bajo, 3.02% en 2024 (10), lo que representa una reducción de 1.8 puntos porcentuales en el periodo.

Aunque la tendencia fue descendente, se observó un leve repunte en la desocupación. La tasa disminuyó de 2015 a 2020 (3.43%), pero aumentó ligeramente en 2021 (3.52%), para luego reanudar su descenso en los años siguientes hasta 2024. Este comportamiento indica una mejora general en las condiciones del mercado laboral durante el periodo analizado.
La Gráfica 3 muestra una evolución significativa de la pobreza y la pobreza extrema en Tamaulipas. La tasa de pobreza fue de 38.4% en 2015 (1), mostrando un descenso significativo hasta 32.2% en 2016 (2) y 2019 (5). Sin embargo, hubo repuntes importantes en 2018 (34.5%), 2020 (34.9%), 2021 (35.1%) y 2023 (35.8%). El punto más bajo de la década se alcanzó en 2024 con un 26.8%, lo que representa una reducción significativa de 11.6 puntos porcentuales respecto a 2015.
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Asimismo, la pobreza extrema muestra una tendencia general a la baja, aunque menos pronunciada. Fue de 4.7% en 2015 (1) y llegó a su punto más bajo en 2016 (2), 2017 (3) y 2019 (5), con una tasa del 2.9%. Por su parte, hubo incrementos en 2018 (3%), 2020 (3.8%), 2021 (3.3%) y 2022 y 2023 (3.8%). Al igual que la pobreza, el año 2024 (10) mostró una de las tasas más bajas, con 2.9%.
Delitos del fuero común
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Por su parte, la disminución de los delitos contra el patrimonio refleja una mejora en la seguridad en cuanto a la propiedad. Sin embargo, el aumento de los delitos contra la familia y delitos sexuales sugiere la necesidad de atender áreas como la violencia doméstica y de género, que podrían estar influyendo en estas cifras.
Educación preescolar pública en relación con la desocupación, pobreza y delito
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Por último, el análisis de la relación entre la matrícula escolar preescolar y delito del fuero común muestra una correlación positiva moderada. La correlación de Pearson es de r = 0.597, ubicándose en el rango de 0.40 a 0.69, lo que indica una relación media entre las variables. Este hallazgo es respaldado por la correlación de Spearman, que arroja un ρ = 0.588, lo que también indica una relación moderada.
La falta de significancia estadística sugiere que, con los datos y la muestra disponible, no hay suficiente evidencia para establecer una relación notable entre la matrícula preescolar pública, la pobreza y delito del fuero común. Aunque no se puede descartar la existencia de una relación real, cualquier inferencia causal requeriría un estudio más exhaustivo e inversión para la realización de una investigación profunda de metadatos a lo largo del tiempo en cada una de las variables.
Conclusiones
Los resultados permiten caracterizar una trayectoria descendente de la matrícula preescolar pública en Tamaulipas durante 2015–2024, con una caída que se acentúa en los años de la pandemia y una recuperación parcial posterior que hoy en día no alcanza los niveles previos. Este comportamiento evidencia la vulnerabilidad del acceso a la educación inicial ante choques externos y la necesidad de reforzar la resiliencia institucional mediante mayor inversión pública, continuidad pedagógica, políticas de atención temprana e inversión en recursos técnicos y humanos sin escatimar esfuerzos, para cuando menos subir un punto porcentual para estar en la media de Americana Latina lo que representaría el 4% del PIB, para 2025 solo se estimó alcanzar el 3% nacional.
Se confirma una asociación positiva y estadísticamente significativa entre la matrícula preescolar y la tasa de desocupación. Aunque esta relación no implica causalidad, sugiere que las variaciones en el mercado laboral o la seguridad en el empleo pueden influir en las decisiones familiares para la inscripción en escuelas públicas de educación inicial. Este hallazgo destaca la importancia de considerar la dinámica del mercado laboral y las políticas públicas como un elemento relevante para la planeación educativa.
Por el contrario, las correlaciones entre la matrícula y los niveles de pobreza, pobreza extrema y delitos del fuero común no resultaron significativas en el periodo estudiado. Sugiriendo que estos factores no se vinculan directamente con las fluctuaciones de la matrícula bajo la metodología y la serie anual empleada. No obstante, es posible que operen mediante mecanismos indirectos o más complejos que requieren análisis multidimensionales y diseños metodológicos más robustos.
Las conclusiones se vinculan con los objetivos del estudio, reafirmando que al menos uno de los factores estructurales analizados —la desocupación— muestra asociación significativa con la matrícula. Este resultado, alineado con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4, refuerza la necesidad de políticas educativas y sociales integrales que aborden simultáneamente el acceso educativo, las condiciones socio económicas de las familias y la seguridad laboral.
Finalmente, se reconoce la limitación inherente a las correlaciones al no permitir inferencias causales de igual forma para futuras investigaciones es recomendable amplíen el periodo y el número de observaciones, incorporen modelos de regresión temporal o análisis de panel, y utilicen exclusivamente las mediciones de pobreza generadas por CONEVAL o justifiquen rigurosamente cualquier serie alternativa. Como investigación exploratoria los resultados motivan e incitan al debate para ahondar en la comprensión de los determinantes estructurales de los derechos humanos a la educación y al trabajo derivado de los resultados obtenidos.
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