https://doi.org/10.29059/rdycsv.v4i2.154
Análisis de la implicación de la digitalización dentro de la administración pública en el Estado de Nuevo León y Chiapas
Analysis of the implication of digitization within the public administration in the State of Nuevo León and Chiapas
Nancy Nelly González-Sanmiguel
Correspondencia: nancy.gonzalezsnm@uanl.edu.mx Fecha de recepción: 22 de junio de 2022/Fecha de aceptación: 12 de agosto de 2022/Fecha de publicación: 28 de septiembre de 2022
Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), Facultad de Derecho y Criminología, C.P. 66455, San Nicolas de los Garza, Nuevo León, México.
Resumen
La tecnología ha implicado un movimiento dentro de la estructura de la administración pública, toma mayor fuerza hacia la digitalización de las funciones y logra la interrelación de la participación de los administrados para cumplir con sus obligaciones, requerimientos, y necesidades; es una forma de gestión pública tendiente a mejorar la comunicación de una manera directa. Este artículo de investigación versa en tres puntos que son: los elementos dentro de la relación jurídica, administración pública y gobierno digital en el ámbito del estado de Nuevo León y Chiapas; las consecuencias que lleva el cambio de la gestión pública de la administración pública hacia el gobierno digital y analizar el cambio del gobierno electrónico hacia el gobierno digital. Este tema es relevante para la construcción de una administración pública digital eficaz. Forma parte de los objetivos del trabajo de investigación denominado “La administración pública Centralizada del Estado de Nuevo León, como modelo de buen gobierno en el marco de las TIC”, PROMEP 511-6/2020-7847, México, SEP, 2020-2021.
Para la injerencia de la observancia de la digitalización dentro de la transformación de la administración pública y sus implicaciones se utiliza la metodología analítica que permite observar el problema, proponer una solución al mismo, y obtener la conclusión de la adaptación de la tecnología en la modificación de los parámetros de la administración pública.
Palabras clave: administración pública; digitalización; procesos de digitalización.
Abstract
The technology has implied a movement within the structure of the public administration, it takes greater force towards the digitalization of the functions and achieves the interrelation of the participation of the administered to fulfill their obligations, requirements, and needs; It is a form of public management aimed at improving communication in a direct way. This research article deals with three points that are: the elements within the legal relationship, public administration and digital government in the scope of the state of Nuevo León and Chiapas; the consequences of the change in public management from public administration to digital government and analyze the change from electronic government to digital government. This topic is relevant for the construction of an effective digital public administration. It is part of the objectives of the research work called "The Centralized Public Administration of the State of Nuevo León, as a model of good governance within the framework of ICT", PROMEP 511-6/2020-7847, Mexico, SEP, 2020-2021.
For the interference of the observance of digitalization within the transformation of public administration and its implications, the analytical methodology is used that allows observing the problem, proposing a solution to it, and obtaining the conclusion of the adaptation of the technology in the modification of the parameters of public administration.
Keywords: public administration; digitization; digitization processes
Introducción
La digitalización es una etapa del progreso de la revolución industrial consistente en la adaptación de los procesos tradicionales de la administración pública hacia la virtualidad en la que, a través del uso de softwares, se desarrollan los sistemas que se aplican en los actos que se realicen de manera presencial. En este trabajo, se realiza un análisis comparado entre el estado de Nuevo León y Chiapas sobre la manera de interactuar que tienen las administraciones con los administrados a través de las diferentes herramientas a las que tienen alcance, permeando con esto una diversidad de canales que se edifican para la construcción de una administración pública digital.
La tecnología ha revolucionado las actividades de la administración pública para procurar una homologación a nivel nacional y para brindar mayor facilidad a este cambio. Dentro de dicho progreso se observa, por ejemplo, en la dependencia del registro civil, que se pueden obtener las actas de manera virtual, a través de la tesorería del Estado, efectuar pagos de impuestos, o a través de convocatorias o de página de gobierno, se pueden verificar trámites sin dejar afuera el proceso a la administración pública. Por tal motivo se analizarán ¿Cuáles son las implicaciones de la nueva relación jurídica de la administración pública con el gobierno digital en México?
El presente trabajo se enfoca en señalar los elementos que se incluyen en la relación jurídica de la administración pública y el gobierno digital que se efectúa por la utilización de la tecnología, y ampara conceptos técnicos de los procesos contenidos en la norma para dar la transformación a la parte operativa, como indicar los pasos a seguir del software correspondiente para la digitalización, así como los lineamientos para la construcción de las páginas web o plataformas electrónicas que se constituyen para la operatividad de la administración pública, y que configura la seguridad para acceder a la misma. Se plantea la manera de un desarrollo efectivo e incluyente hacia los administrados.
Así mismo, en el segundo punto, se manifiesta la importancia de la administración pública con la capacidad que se cuenta para llevar a cabo esta modificación que se adapte a las necesidades de los administrados y asegure que la arquitectura de las páginas web y las plataformas digitales ofrezcan la accesibilidad y seguridad adecuada para permitir la integración eficaz entre la administración y los administrados.
Se ha desarrollado la injerencia de la transformación del cambio del e-gobierno, que se inicia con esta postura de un gobierno electrónico para llegar a lo que actualmente se ha desarrollado como gobierno digital, el cual busca establecer una manera de comunicación directa con el administrado y que, para dar legitimización a sus actuaciones, observa las ventajas y las necesidades que se deben cubrir para cumplir con la introducción de la tecnología dentro de las gestiones de la administración pública.
El objetivo es la comparación de la administración pública desde la perspectiva digital y cómo se ha incursionado en la misma, según los aspectos que se reúnen en los Estados de Nuevo León y Chiapas.
El método que se aplicó al presente trabajo de investigación fue el analítico. A través del cual se realizó un análisis a través de la observación del manejo del gobierno digital y la transformación de las funciones de la administración pública hacia este proceso. También se utilizó la recopilación de información obtenida dentro del estudio en la estancia posdoctoral corta en Chiapas para la elaboración del proyecto titulado “La administración pública Centralizada del Estado de Nuevo León, como modelo de buen gobierno en el marco de las TIC”, PROMEP 511-6/2020-7847, México, SEP, 2020-2021 que observa la legislación en ambos estados, así como el conocimiento y la aplicación de estos por los administrados de las administraciones.
Los resultados desarrollan la diferencia de la política pública que se observa en las administraciones públicas, así como la adaptación de estas para proceder a los programas de desarrollo social y la adaptación a la digitalización. Y, finalmente, propone como discusión dentro del contexto de nuestro país, la diversidad de la cultura y la situación que se enfrentó durante la pandemia y cómo infiere en la manera de actuar del Estado para resolver los problemas de comunicación y el cumplimiento de las funciones que le competen.
El fenómeno digital dentro del derecho administrativo ha implicado la modificación de la estructura de los elementos que lo constituyen y se han denominado de diversas formas el proceso para realizar la gestión de la prestación del servicio público hacia la producción de los trámites y servicios de manera digital. Esto se manifiesta gracias al cambio que se ha vivido como sociedad debido a la transformación de las redes sociales y el uso de la tecnología en la vida diaria.
Las actividades digitales de los administrados, en relación con la administración pública, proceden a la forma de la comunicación, tienen como característica común el uso del internet y lo referente a la construcción de la estructura del derecho administrativo con la digitalización; y se enfoca en una sociedad globalizada con tendencia a generar un protocolo de seguimiento de las gestiones a través del uso de los medios electrónicos que operan actualmente en las administraciones para garantizar la realización de las gestiones, servicios, establecer comunicación y el cumplimiento de los deberes de los administrados.
Desde esta perspectiva, es importante determinar la cuestión del paradigma de la funcionalidad y la legitimización del uso de la tecnología en el marco normativo para dar facultades a la administración pública, y la manera en la que se aplicarán la creación o la distribución de contenidos dentro del gobierno digital para establecer variables que determinen los factores de la relación en la constitución del concepto del derecho administrativo según la postura de la digitalización, que se constituye con los elementos referentes a esta vinculación, es decir , aquellos que implican el uso de la inteligencia artificial para llevar a cabo la gestión correspondiente, para determinar los canales como plataformas digitales, páginas web, y legitimar su uso en el marco normativo correspondiente que consagre la terminología de dicha actuación.
La legislaciones Ley sobre Gobierno Electrónico y Fomento al Uso de la Tecnologías de la Información del Estado de Nuevo León, Ley de la Ciudadanía Digital de la Ciudad de México, proponen factores que operan en el derecho digital que transforma los actos administrativos de la administración pública y mencionan algunos elementos que a continuación se analizan:
· Autentificadores: Son aquellos que permiten la interacción entre los sujetos que intervienen, es decir, la administración pública, con todos aquellos sujetos que realizan algún tipo de acto jurídico a través de los medios digitales, como trámites y servicios, garantizando la seguridad al momento de ingresar los datos pertinentes para interactuar con la administración pública. Los autentificadores se observan en los siguientes trámites: expedientes electrónicos, sesión única, firma electrónica, cédula de la ciudanía y riel de interoperabilidad. Estos ofrecen las medidas para gestionar una protección al proporcionar los datos dentro de las plataformas tecnológicas.
· El Canal digital: Es la forma del uso de la tecnología que se va a aplicar para dar acceso a la administración pública a las personas. Tomando en cuenta las modificaciones que se presenten dentro del entorno digital, este concepto se puede determinar dentro Ley de la Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (2020, a) como “Cualquier medio telemático, electrónico o que involucre tecnologías de la información y comunicaciones utilizados por la Administración pública y las Alcaldías para interactuar con las Personas, en el ejercicio de sus atribuciones”.
En la Ley sobre Gobierno Electrónico y Fomento al Uso de la Tecnologías de la Información del Estado de Nuevo León (2013, b) se señala que canal digital considera como los “Medios de Comunicación Electrónica: Los dispositivos tecnológicos que permiten efectuar la transmisión y recepción de mensajes de datos y documentos electrónicos”, se basa en esta legislación externar que la manera que se dirige la comunicación entre la administración pública y los administrados es por medios electrónicos.
Ahora bien, en México, parte del avance del uso de la tecnología en la administración pública se determina gracias al avance que se dio con la conceptualización y el cambio en la manera de externar nuestra voluntad y que se represente esta, efectuándose por medio de la firma electrónica, forma imperante para establecer la autentificación de la persona con los elementos necesarios para estampar una firma de manera electrónica y, a través de ella, ejercer la manifestación de la voluntad.
Lo anterior se contempla en la normatividad de Ley de Firma Electrónica Avanzada (2012), que la define como “el conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa”. Genera la pertinente autentificación a través de la firma electrónica estableciendo un paso fundamental para la transformación del gobierno tradicional al gobierno electrónico, para llegar a lo que actualmente se ha tenido y que se conoce como gobierno digital.
En la estructura de la norma del gobierno digital van a cambiar las denominaciones y los elementos que se conciben a raíz de la Ley de Firma Electrónica Avanza, por ejemplo: el certificado digital en referencia a la firma electrónica, vínculo que se establece entre el firmante y el medio por el cual se obtiene la clave privada, obtener así los datos que se traducen en el certificado digital.
En cambio, la denominación dentro de la ley de la ciudad digital de la ciudad de México determina que un certificado electrónico es un (2020, b) “Documento firmado por un prestador de servicios de certificación, mediante el cual se confirma el vínculo informático existente entre el firmante y la Firma Electrónico”. Esta definición refiere al elemento de la manifestación de la voluntad por parte de los interesados.
Todo esto implica un cambio de paradigmas de la conceptualización de los elementos dentro del derecho administrativo, lo cual ha facilitado la forma de comunicación con la autoridad, brindando efectividad y agilidad a los trámites pero, en tiempo de la pandemia, se vio afectada la obtención de la firma electrónica debido a la falta de disponibilidad de citas para realizar el trámite a través de la plataforma electrónica que se encuentra en la página del Servicio de Administración Tributaria, y que trajo consigo mayores complicaciones para el acceso a los trámites y servicios que dicho organismo ofrece.
La Ley sobre Gobierno Electrónico y Fomento al Uso de las Tecnologías de la Información del Estado de Nuevo León (2013, b) observa la contextura referente a quien realiza la firma electrónica y, a su vez, señala la importancia de determinar las autoridades para constatar la competencia, las atribuciones, así como las facultades para emitir los certificados para dar autenticidad a la firma electrónica, generando viabilidad de comunicación; en cambio, dentro de la norma de Ley de Firma Electrónica Avanzada del Estado de Chiapas (2009), no se señala la diferencia de la autoridad que estará a cargo para dar la autentificación de la firma electrónica, lo que supone una diferencia entre las normatividades de dichos Estados.
Por lo tanto, dentro de la normatividad del Estado de Chiapas se constituye el término de Agente Certificador y se determina como la persona competente para realizar, por parte de la administración, la obtención de la firma electrónica avanzada; se denotan diferentes sujetos en el Estado de Nuevo León y Chiapas para realizar dicho procedimiento, es decir en la relación jurídica que se genera para la obtención de la firma electrónica, la legislación del Estado de Nuevo León y el Chiapas, contemplan diferentes procesos, por tal motivo debe dar la unificación de criterios para los trámites, para ir acorde con la globalización, y para tener los parámetros que faciliten los servicios que otorga la administración pública en México.
Durante la pandemia el modo de intervenir e interactuar en los trámites y servicios que habilitó la administración pública, fue a través de la implementación de Chatbots, los cuales se configuraron por la administración de algunos municipios del Estado de Nuevo León, ya sea para realizar pagos o denuncias de diferentes prestaciones de servicios que brinda la administración pública; lo cual dio pie a una alza en la comunicación a través de medios digitales, gracias al periodo en el que, por Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 Presidencia de la república mexicana, (2020), se suspendieron las labores dentro de la administración pública de manera presencial. Esto supuso una oportunidad para analizar la eficientización de los servicios y, de esta forma, proceder a la digitalización y los factores que conlleva la organización y la estructura de la administración pública al gobierno digital, así como los parámetros de seguridad y protección de los datos que se deben contener en dichas plataformas o portales de las redes.
La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos (2021) en su numeral sexto manifiesta, dentro del tercer párrafo, que la introducción de la tecnología para realizar la prestación de los servicios le corresponde al Estado y contempla la inclusión de esta manera de gestionar hacia la digitalización de los trámites y la disminución de la brecha digital para brindar accesibilidad a este medio con la protección correspondiente; además, en los principios que la administración pública contempla dentro del uso de la tecnología, al respecto en Real Decreto-ley 14/2019, del 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razón de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones( 2019) se manifiesta que “tiene como finalidad garantizar la seguridad pública en relación con el empleo de sistemas de identificación y firma electrónicas de los interesados cuando se realizan con clave concertada o mediante cualquier otro sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad y que las Administraciones Públicas consideren válido”. Se especifica la forma que se puede acceder a la gestión de la administración es por medio de los sistemas que sean certificados y autorizados por las dependencias y órganos de la administración del Estado.
A consecuencia del cambio de la interacción de la sociedad occidental referente al uso de la tecnología dentro de sus actividades, se ha impulsado la modificación de la gestión de la administración pública, lo cual se acentuó durante la pandemia y proyectó la manera de realizar los trámites y servicios hacia la forma de la digitalización. Para esto, se tuvo la necesidad de girar hacia la modernización de la administración pública a través de la pauta del avance con los límites de la aportación de la tecnología dentro de la gestión de la administración pública, además de determinar los procesos de automatización, así como el eje central que deberá constituir la facilidad de interacción y coordinación con los demás niveles, administraciones y con los gobernados, para demostrar con esto el paso del cambio social hacia la conceptualización de la normatividad que ampare dichos hábitos en la legislación.
Es importante resaltar la inclusión hacia la participación de los administrados al realizar las gestiones de manera digital para, así, al operar las herramientas de la tecnología, disminuir la brecha digital al considerar este tema de suma importancia y puntualizar la diferencia entre lo que señala de aquellos que pueden acceder debido a que cuentan con el acceso de la tecnología (Dijk, 2006), y la diferencia entre aquellos que no tienen el conocimiento para navegar dentro de los portales; estos puntos se deben contemplar para dar accesibilidad a la administración pública digital y evitar una disertación a utilizar estos medios, ya sea el desconocimiento o la falta de oportunidad para acceder a la tecnología, motivos que pueden generar tensión y desconfianza.
Lo que se plantea en el párrafo anterior es la capacidad que la administración pública torna para dar acceso a los portales, o páginas electrónicas de la manera más eficiente y práctica, siempre cuidando el aspecto de la protección de los datos. Y, por lo tanto, la necesidad de que el software que se utiliza dentro de las redes verifique la autenticidad de quien está ingresando al mismo, ya sea por certificados, por la firma electrónica, o diferentes elementos que constate quién es el sujeto quien ingresa.
Otro tema de suma importancia es el referente a la brecha digital y la accesibilidad o conocimiento del uso del internet y, en particular, a los factores que provocan desigualdad entre los administrados y la manera en la que se resuelven. Por ejemplo, la administración pública, para dar un acercamiento hacia el ingreso por medio del internet a su gestión, proporciona capacitación de las herramientas y guías oportunas para poder acceder a los trámites y servicios que ofrece digitalmente, lo que que constituye una forma de dar apoyo a los administrados.
A raíz de esta forma de interactuar entre los administrados con la administración pública, se determinan las alternativas que regulan la manera de acceder a los trámites y servicios ofertados, dando confiabilidad dentro de la arquitectura del gobierno digital que se incorpora a la administración pública, ya que orienta la forma de ingresar, y al proporcionar este tipo de formato, actualmente, se observa que otorgan descuentos o incentivos que se constituyeron dentro del año 2021, por ejemplo al pagar en línea el impuesto predial en ciertos municipios del estado de Nuevo León o la renovación de la licencia de manejo; de esta manera se presentan ciertas ventajas para migrar a apertura de este espacio virtual para la integración de la sociedad con el gobierno digital.
La tendencia anterior se ha contemplado por medio de las políticas públicas que versan en los planes y programas hacia la eficientización y transparencia de la administración pública, el reconocimiento de la gobernanza actual y la legitimización de las decisiones tomadas por los sujetos que intervienen dentro de la relación jurídica de los trámites y servicios que se realizan a través de los portales o la página electrónica del gobierno y se genera la nueva forma de ejercer el derecho dentro de la administración pública.
Con la implicación del gobierno digital, aunado a la pandemia, lo que se espera es la interrelación eficiente en los Estados del gobierno digital por medio de cual no existan desigualdades y que permita el acceso a esta nueva forma de gobernanza que (Serna de la Garza, 2010) “puede servir de base para generar un marco conceptual relativo a las transformaciones del Estado en la actualidad” hacia la postura de la administración pública con la tendencia de la digitalización. P.21
La transformación de la administración pública implica un cambio que se deberá presentar dentro de la virtualidad a través de las herramientas que la legislación, en México, va aceptando para dicho cambio, y al respecto existe una constante para obtener el acceso de la tecnología y permitir contar con dicha capacidad dentro de la estructura de la prestación de los servicios públicos, tales como la gestión de trámites ante la dependencia de la administración correspondiente.
El aspecto tecnológico se visualiza desde la perspectiva de la condición del Estado para lograr que las 32 entidades que conforman al país consigan esta apertura al cambio y combatan el rezago existente y el retraso en la efectividad de la producción y distribución de los servicios públicos de manera digital para generar un avance hacia la digitalización, concebir la forma de cómo simplificar para ingresar, los medios oportunos para acceder y tramitar lo requerido por el administrado.
Se busca un equilibrio entre la actividad digital del Estado y la manera tradicional para fomentar el proceso del cambio, y deberá observarse esta sincronía a nivel federal para fomentar el marco de funcionalidad y competencia dentro de la gestión de la administración pública, para ejercer como proceso de ordenación de la regulación de las normas jurídicas, con la implicación de la tecnología.
Ahora bien, en lo referente al impacto de la transformación de la era de la telecomunicación en México, el ámbito de la estandarización digital se contempla tanto en la agenda digital como en el plan de desarrollo para mirar la influencia que se debe considerar para estos pasos, concebir las diferencias entre los últimos planes de desarrollo, dentro de la agenda digital, determina como objetivos la confiabilidad y garantizar la manera adecuada para el ingreso a la administración pública de manera digital.
El cambio en la administración pública hacia la digitalización y la renovación de los procesos para acceder a los servicios públicos a través de algún software tendrán que venir acompañados de un impulso extraordinario para generar la confianza al acceder y dar la inclusión digital. Con esto se podrá establecer un contacto frecuente entre los gobernantes y gobernados, e ir al cambio de la permutación a la era digital por parte del Estado.
Una problemática que se enfrenta en México es el cambio de sexenio. Con referencia a la cuestión de la transformación de la administración pública de forma digital, se modifica el plan de desarrollo y esto afecta al avance efectivo de la estrategia digital nacional; es así como las políticas públicas van cambiando conforme a las necesidades principales que determine cada presidente que tome posesión del cargo, tal como establece la Ley Orgánica de la administración pública federal(1976) determina que el Presidente tiene la autorización para señalar cuáles serán las unidades que apoyan al ejecutivo federal, considerar entre estas la siguiente “Definir las políticas del Gobierno Federal en los temas de informática, tecnologías de la información, comunicación y de gobierno digital, en términos de las disposiciones aplicables”, siendo una desventaja esta disposición ya que podrá modificar cada periodo del cambio de gobierno cuales son las políticas acorde hacia el derecho digital.
Se deben analizar y proyectar a largo plazo los resultados que eficienticen los servicios, trámites y gestiones de la administración pública digital, solidificar sus actuares y gestiones, ya que, a través de dichos planes, se determinan las tendencias de la nueva gestión de gobierno con los objetivos que pretende desarrollar; por lo tanto, en el plan que se implementó dentro de la estrategia digital nacional (2013-2018) se constituyeron 5 objetivos que son primordiales para la modernización, mientras que en la estrategia digital nacional (2021- 2024) se determinó solo a través de dos ejes de acción.
En la estrategia que se promovió dentro del ejercicio 2013-2018 se delimita el marco jurídico de la administración pública y se preocupa por la cuestión de la inclusión así como de proporcionar las herramientas necesarias para el cambio hacia la digitalización. También marcó los factores para ejercer la conectividad y generar la comunicación entre los gobernados con la administración operando a través de la interoperabilidad y estructurando el gobierno hacia la concientización de los datos abiertos.
Con esto se pretendió dar paso a la adopción de la tecnología dentro de la función de la administración pública e incorporar la interacción tecnológica que presenta ventaja para la operatividad de esta, aplicar medidas que considera la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) orientado hacia el proyecto de la utilización de los medios tecnológicos dentro de la administración pública.
La digitalización se considera como (Plan 2013-2018) “la capacidad de un país y su población para usar tecnologías digitales que permitan generar, procesar y compartir información; asimismo, se relaciona con el concepto que describe las transformaciones sociales, económicas y políticas asociadas con la adopción masiva de las TIC.” La importancia de la utilización de los medios electrónicos tales como tabletas, dispositivos electrónicos, celulares ha permitido el desarrollo tanto de las actividades sociales, como de cuestiones políticas y económicas inmersas en el desarrollo del Estado.
La transformación gubernamental es una necesidad, con los medios electrónicos ha consistido en el puente de comunicación más eficiente y en mayor agilidad entre los gobernados y la administración pública, y el impacto que ha causado la tecnología para generar los trámites y servicios pertinentes ante la administración pública, entorno a las medidas para dar esta adopción como gobernando a la utilización de las plataformas tecnológicas para generar el modelo del gobierno digital, es un impulso para desarrollar una economía digital , el progreso de hacia un crecimiento económico en México, una de las ventajas es la facilidad que se brinda al utilizar las herramientas determinadas para alcanzar dicho objetivo, considerado esto en la visión del crecimiento en México a través del plan de desarrollo.
Las líneas de acción que articulan el cambio del gobierno electrónico hacia el gobierno digital son la interoperabilidad y el acceso por parte de la administración a los mecanismos para generar softwares correspondientes a los trámites y gestiones para, de esta forma, trasladar lo físico a lo digital. Ese proceso asume la forma de comunicación digital e implica el fácil acceso a sus páginas web, la localización de éstas y sus portales, la impartición en línea o el uso del chat para impulsar manejo de esta vía de comunicación, y el desarrollo de los instrumentos pertinentes para establecer la gestión de la política pública digital y mirar hacia el cambio de la adaptación al mundo tecnológico dentro del derecho y en particular al derecho administrativo que versa hacia la gestión pública.
Un punto interesante dentro del cambio hacia la digitalización y que se observó durante la pandemia fue la efectividad de la conexión. Debido a que la administración pública gira entorno hacia la digitalización, debe garantizarse esa facilidad de acceso al medio, cumpliendo el objetivo principal que refiere a satisfacer las necesidades de los gobernados. Esto implica definir y el compromiso de brindar la conectividad adecuada.
Al observar y verificar el plan de estrategia digital nacional (2019-2024) se constituye el cambio de esta postura referente a la digitalización y se plantean, a su vez, dos visiones:
La primera consiste en no constituir un monopolio a través de los medios digitales, pues es de suma importancia ser capaz de dar oportunidad a la apertura de la creación de empresas con los lineamientos y los parámetros de las licitaciones para generar los softwares correspondiente, ya que, en cuestión del uso de la tecnología, se tiene un acaparamiento de dicha actividad por muy pocas empresas las que pueden participar en el desarrollo de la programación y, por tal motivo, hacen que el control de estos servicios se realicen por aquellas que tienen la capacidad de generar el software correspondiente o el dominio de la página para subir la información; la segunda visión del plan de estrategia digital nacional señala la congruencia con la sociedad y que se garantice el derecho de los ciudadanos a los accesos sean pertinentes y al mismo tiempo dar el paso a la transformación de la administración pública, sin descuidar el objetivo de lograr la inclusión digital sin dejar fuera a aquellos que no cuentan con la capacidad económica para poder acceder a los medios electrónicos o la conexión a internet.
La administración pública contempla que, para llegar a dichos objetivos y para disminuir la brecha digital con referencia al acceso a internet, deben de generarse los espacios de conexión para poder el ingreso de manera gratuita al gobierno digital y no desproteger a quien no cuente con los recursos económicos necesarios para ejercer las obligaciones, derechos y una comunicación efectiva con la administración pública digitalizada.
Las políticas públicas con esta visión consisten en agilizar los trámites y facilitar el acceso a los mismos. El marco normativo basado en la simplificación burocrática, sin dejar de considerar la importancia de la gestión pública, tiende al uso de la tecnología que considera, como objetivo general, los programas congruentes a la integración de la estructura de la administración pública y tiene como prioridad un gobierno transparente, eficaz y eficiente que logre traspasar los desafíos de dichas características a la digitalización por medio de la infraestructura y que pueda invertir tanto en la facilidad para acceder a sus servicios electrónicos, como en la seguridad y la protección de los datos que se ingresan en dichas plataformas o páginas electrónicas, para dar certeza y confianza a los gobernados.
Es así como, dentro de las cuestiones del avance y del fomento de políticas públicas, debe versarse hacia el objetivo del cambio en torno al espectro de la digitalización con la sinergia de la administración pública hacia los gobernados, seguir un eje diseñado para dar pautar este cambio y contemplar lo marcado en la agenda digital. Lo que supone el empuje para diseñar los protocolos y lineamientos congruentes de la normatividad que refieran a la realidad y las situaciones actuales del uso de la digitalización para solidificar la interacción de la administración pública en la era digital.
La revolución tecnológica ha estado presente en la evolución de la transformación de la administración pública puesto que generó el cambio de la normatividad para incluir la tecnología en varias facetas. Es decir, comenzó a considerarse que con un e-gobierno la comunicación era solo de la administración hacia el gobernando, una forma muy efectiva de comunicación solo de recibir información hasta llegar a marcar al gobierno digital que es canal de comunicación que ofrece la administración con los gobernados para realizar las gestiones que ofertan.
El primer contacto de la administración pública y la utilización de los medios de la tecnología en México fue el proceso del gobierno electrónico, donde se utilizaban las herramientas con las que se contaba en ese momento: se generó un correo electrónico de la administraciones públicas para publicar edictos o notificaciones, así como páginas electrónicas para dar información de la administración correspondiente. Esta forma provocó el cambio organizacional hacia a la alternativa de lo que actualmente se ha generado dentro del espacio de la digitalización.
Debido al cambio de las facultades de la administración pública y a la necesidad de habilitar la capacidad de aplicar la tecnología dentro de sus procesos de los actos administrativos se tuvo que establecer la capacitación y el adiestramiento a los servidores públicos responsables de lo establecido en las páginas y los correos electrónicos de la administración pública.
Esta forma de comunicación y programación era un desafío. Se apostaba a mirar hacia el progreso paulatino y gradual de la estructura digital, hasta el momento en que se presentó la pandemia, y dio un cambio brusco en la manera de inferir y operar en la búsqueda de alternativas a través de la tecnología para cumplir con los procesos y trámites, para dar el cumplimiento de las obligaciones y necesidades a través de esta vía, y para brindar facilidad ante la restricción del acceso de manera presencial. Lo que implicó la necesidad de utilizar la tecnología y coadyuvar a la confirmación del modelo de la estructura de la administración pública digital, asegurando que los servicios y trámites sean más accesibles y, con mayor efectividad, del dominio correspondiente a la nueva gestión de la administración pública.
Es de suma importancia crear las políticas públicas referentes a la organización técnica digital de la administración pública. Este cambio implica, en primera instancia, la planificación de la transformación según la postura de lo vertical, se hace referencia en este punto al uso de las redes dentro de la administración; además de mantener comunicación entre aquellos que se encuentran en el proceso para, así, poder proceder a tener contacto con los administrados, tener una presencia más efectiva de la administración pública a través de las redes digitales, avanzar en la utilización de los medios digitales con los que gozamos en la actualidad, no solo para dar un aviso o notificar acerca de la gestión de su administración, sino para traspasar la frontera de lo físico hacia la virtualidad considerando los instrumentos y las herramientas que se han ido implementando para ejercer el derecho digital.
En efecto, esto se enfocó en un cambio social para efectuar la interrelación de actividades a través del uso de aparatos electrónicos que facilitan al acceso, más la estructura tecnológica dentro de la administración pública modificó su forma de intervenir con los gobernados sujetándose al rediseño de la normatividad para incluir primero la transformación del gobierno electrónico acorde a los principios que se consagren para tal situación y después contemplar lo pertinente al gobierno digital, esto con la finalidad de dar certeza jurídica de dicha transición y las formas de operar a través de los medios tecnológicos a los administrados.
Esto genera responsabilidades por parte de la administración pública tales como la protección de los datos que se obtienen electrónicamente, ya que no solamente es el paso de la migración, sino la necesidad de proteger todos aquellos aspectos que conlleva este tipo de modificación, ya que se presentan nuevos riesgos para la administración pública en su gestión y es necesario diseñar los candados pertinentes para que no se piratee la información, modifiquen o sustituyan los datos proporcionados por el usuario en las páginas electrónicas, portales o medios que habilite las dependencia y órganos de la administración pública, por mencionar algunos.
La organización de la estructura de la administración pública empezó a fluir dentro de la virtualidad y estableció un nuevo lenguaje, un canal de comunicación, la forma de ejercer los actos administrativos y la manifestación de voluntad de los sujetos de manera electrónica, además de establecer los parámetros necesarios para señalar la identidad que corresponde con quien expresa dicha voluntad. Los anteriores son algunos elementos que se marcan en la nueva cultura organizacional de la administración pública con el enfoque hacia la utilización de los medios electrónicos y el cuidado necesario para la protección de este primer impacto dentro de la sociedad y fomentar el uso de la tecnología dentro de la gestión pública.
Se ha manifestado que (Reilly, 2010) “los objetivos de la Administración Electrónica deben tener como norte la transparencia, la participación, la amabilidad y la eficiencia”, con esos parámetros se establece que el control efectivo de la gestión de la administración es un cambio de modelo que se origina a raíz de la utilización de la tecnología, cubriendo las necesidades tanto sociales, económicas, políticas, que consagren el principio máximo de la funcionalidad de la creación del Estado para satisfacer el bien común.
Ahora bien, la transparencia es un factor muy importante del cambio del proceso de la eficacia de la administración pública. Al respecto en la Carta Iberoamericana de Gobierno Abierto (CLAD 2006) se define este concepto como “ la defensa, promoción y puesta en marcha de leyes, normas y mecanismos que regulen y garanticen el derecho de acceso de la información pública” , y es considerada como un instrumento necesario para proporcionar confianza en la migración a la utilización de las herramientas electrónicas que ayuden a la congruencia y el control de las acciones que realiza la administración pública.
En México se introduce, con apoyo de la tecnología, la estructura del e-gobierno a través del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero (Presidencia de la república mexicana, 2011), donde se estableció el proceso a seguir para el cambio hacia el gobierno digital: Se crearon páginas electrónicas, los correos electrónicos y la ventanilla digital, para dicha comunicación, y en materia de comercio exterior, con expectativa hacia la competitividad en el mercado, posterior a este decreto, (Presidencia de la república mexicana, 2015), se pública en el mismo medio el 03 de febrero de 2015, la creación de la ventanilla única nacional para los trámites e información del gobierno. Es un avance a la modernización y el marco del gobierno digital ya que, por medio de la interoperabilidad, se consagra la comunicación de manera directa entre el administrado y la administración pública debido que, a través de este portal, tanto las dependencias a nivel federal y estatal de la administración pública como las empresas productivas pueden mantener una comunicación efectiva. Además, se visualiza la forma de estructurar la gestión de la administración pública dentro del gobierno electrónico, la licitación se lleva por medio de una página electrónica, etc. El cambio hacia digitalización permitió la comunicación directa entre los que intervienen en estos trámites, pasando de una página electrónica hacia los portales desde los cuales se administra la información y la interrelación con la autoridad que ejerce dicha gestión.
El gobierno digital toma aspectos fundamentales y se crea con la tendencia de la protección del principio de la dignidad en el aspecto digital de las personas, principio que establece “los derechos y principios fundamentales, naturales y universales, que permiten vivir en el mundo virtual” (Barrio Andrés, 2018), p 151; el derecho digital se ha configurado con medidas al acceso a internet y las garantías referentes a la utilización de este medio.
Los puntos referentes tanto a los derechos como los deberes de los sujetos en la virtualidad son de suma importancia en la actualidad ya que, por un lado, para realizarlos es necesario el uso del internet, y, por otro, la implicación de la inteligencia artificial ha orillado a la administración pública a aplicar la tecnociencia, lo que orienta el cambio hacia el gobierno digital, y se conforma el postulado máximo a la referencia de la protección de los datos que son proporcionados por el administrado.
El uso que se le da a los datos que son proporcionado a la administración dentro de las gestiones correspondiente actualmente se obtienen, ya sea de manera directa, en la cual se llena la información por el administrado que lo solicite, o por la obtención según la utilización de algoritmos por parte de la administración, los cuales son referencias de la información que ya incluyen los softwares de las gestiones. Sin embargo, en esta vía pueden aplicar sesgos dentro de la información y arrojar resultados alterados. De aquí que sea necesario delimitar parámetros operativos según el avance de la inteligencia artificial y delimitar las necesidades han de atenderse en la relación que se establece entre los administrados y las administraciones públicas.
Lo anterior se percibe como el cambio que se ha logrado en materia de accesibilidad hacia lo considerado digital y que genera el espectro de datos abiertos, lo cual refiere (Rodríguez et al, 2018) “a la política de hacer que los datos se puedan acceder de manera fácil, utilizar y redistribuir de forma gratuita y continua a través de una sola plataforma de intercambio de datos” p. 67, dicha información se utilizará, no solo dentro de las dependencias de la administración pública, sino que podrá ser compartida con las demás autoridades acorde a los trámites y gestiones pertinentes que se presenten. Ventaja de esto será, por ejemplo, la no duplicación de la información, la apertura al desarrollo del gobierno abierto. Más un punto interesante es el apoyo de la participación ciudadana para denotar las políticas públicas acorde a las necesidades que señalen, cambio de transformación de modelo de colaboración que da pie al expectativa de coadyuvar con la administración pública .
La administración pública en México, de acuerdo a lo observado en la legislación de Nuevo León y Chiapas, concibe la inclusión de la tecnología en la gestión pública para ejercer los planes de acción con la intención de ofrecer eficiencia y transparencia de las actuaciones de la administración pública, considerando que el cambio es para mejorar las prácticas de las actuaciones y utilizar las herramientas que proporciona la tecnología para llegar al objetivo de la digitalización de la administración pública.
Resultados
A través de la estancia corta se pudo comparar tanto la estructura dentro de la administración pública en el estado de Chiapas con el estado de Nuevo León, la injerencia en la virtualidad, como la efectividad con el progreso con los gobernados a gestionar sus trámites y solicitud de prestación de los servicios públicos por medio de dichas plataformas. Los conceptos que se marcan de autentificación, canales digitales y los elementos para la construcción de la administración pública en la digitalización, señalan las diferencias en dichas legislaciones, siendo pertinente considerar el desarrollo e impulso que ofrece la vinculación con la tecnología dentro del campo de la gestión de la administración pública.
Un punto interesante es que se desarrolló el análisis de la repercusión de la brecha digital y la manera de interactuar de parte del Estado para motivar la participación de los usuarios a generar sus procesos antes las dependencias y órganos de las administraciones públicas por medios tecnológicos, observando el desarrollo y el impacto entre dichos Estados de la estructura de la administración pública en vía digital.
Conclusión
Un factor importante de la transformación de la administración pública hacia la digitalización es el cambio de la interrelación de la tecnología con las actividades diarias de la sociedad, dando paso al fomento del uso del internet, la comunicación a través de redes sociales, para implicar el proceso de la normatividad correspondiente para ejercer la postura de las dependencia y organismos de la administración pública en la vía digital.
Un factor fundamental de dicha implicación es la inclusión de los administrados dentro de este proceso, procurando evitar la brecha digital, percatándose, para solventarlo, de los medios necesarios con que cuenta la administración, proporcionando los recursos eficaces para el acceso a las plataformas asignadas.
La normatividad de los estados de Nuevo León y Chiapas mira hacia el progreso de la aplicación de la tecnología dentro del derecho administrativo, en especial en referencia a la gestión de la administración pública, y señala los diferentes avances y perspectivas. La normativa de la digitalización de las gestión de la administración pública debe contemplar, de manera general, los conceptos inherentes a dicho cambio de estructura para ofrecer agilidad en la búsqueda y la forma de proceder a la introducción de las páginas electrónicas para los trámites y servicios de las diversas administraciones públicas. Es un proceso que va evolucionando al mismo paso que la tecnología, y que nos brinda nuevas herramientas que se deben reglamentar para generar los elementos de la edificación de la administración pública digital, para alcanzar la eficacia y lograr la transparencia entre los sujetos que intervienen dentro de dichas relación.
Un logro obtenido al desarrollar este trabajo fue la posibilidad de observar la estructura de la administración pública de manera presencial en el Estado Chiapas. Constatar las diferencias de la vías de progreso hacia la digitalización, señalando esa diferencia hacia la presencia dentro de la virtualidad, como la efectividad para sus gobernados, brinda una visión más amplia de dicho cambio, así como de los factores de los choques culturales de cada Estado dentro del país para concretar un contexto de homologación de las gestiones que se deben contemplar dentro de la administración pública digital.
Se manifiesta, de forma reiterada, en este artículo cómo ha sido la implicación de la tecnología como base de la digitalización de la administración pública, consistiendo el proceso de los conceptos que se señalaron, así como la vía de comunicación que se ejerce con los administrados. Es un reto que está procediendo y las ventajas que se encontraron en dichos estados, dan forma a una relación más efectiva por medio del uso de la tecnología y establecen una manera más efectiva y rápida de responder a las demandas de los administrados.
En la implicación de la tecnología dentro de la administración púbica es un
factor de relevancia dar presencia de esta dentro de lo virtual y señalar beneficios
tales como el ahorro del uso de papel, procesos con mayor facilidad o la
transparencia de las gestiones. Se señala que los retos que enfrenta el proceso
del cambio hacia la digitalización son, como ya se señalaron, la protección de
los datos personales de los usuarios, la falta de herramientas necesarias para
generar los procesos de integración dentro de las diferentes dependencia de la
administración pública, así como la falta de personal capacitado para operar
dentro de los procesos de la digitalización de la administración pública.
Es de suma relevancia observar la proyección de la administración pública de manera digital y los cambios que se deben regular dentro de la legislaciones correspondientes, señalados dentro de este texto, como que el criterio del avance de la digitalización no se base de acuerdo a los periodos sexenales del poder ejecutivo, sino la construcción de una proyección del objetivo para lograr el criterio de los parámetros y limites de la presencia de las dependencia y organismo de la administración pública digital con el enfoque de la participación de los ciudadanos para dirigir cuales son la necesidades prioritarias y reglamentar los procesos de la gestión de la administración pública.
Referencias
Barrio, M. (2018) Ciber derecho Bases estructurales, modelos de regulación e instituciones de gobernanza de Internet, Tirant lo Blanch, Valencia.
https://www.tira.ntonline.com.mx/tolmex/bibliotecaVirtual/ebookInfo?isbn=9788491693987
Carta Iberoamericana de Gobierno Abierto, (2016,7 y 8 de julio; 28 y 29 de octubre) Aprobada por la XVII Conferencia Iberoamericana de ministras y ministros de Administración pública y Reforma del Estado Bogotá, Colombia, 7 y 8 de julio de 2016 Adoptada por la XXV Cumbre Iberoamericana de jefes de Estado y de Gobierno Cartagena de Indias, Colombia, 28 y 29 de octubre de 2001. Capitulo Cuarto Apartado 1 Pp. 11. https://clad.org/wp-content/uploads/2020/07/Carta- Iberoamericana-de-Gobierno-Abierto-07-2016.pdf
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917, 05 de febrero), Diario Oficial de la Federación, artículo 6 párrafo tercero.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
Dijk, J. (2006). “Digital Divide Research, Achievements and Shortcomings”. Poetics, Pp. 221-235. https://reader.elsevier.com/reader/sd/pii/S0304422X06000167?token=E01E84685A8045696DE48D0B1EA7F41B3F09691479F8C11ABEF4C9257CC32427E766C2920498CAF0DAFE5879092BD1E6&originRegion=us-east-1&originCreation=20220701132946
Estrategia Digital Nacional (2014, 08 de mayo). Acuerdo que tiene por objeto emitir las políticas y disposiciones para la Estrategia Digital Nacional, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, y en la seguridad de la información, así como establecer el Manual Administrativo de Aplicación General en dicha materia. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5343881&fecha=08/05/2014
Estrategia Digital Nacional, (2021, 06 de septiembre). Acuerdo por el que se expide la Estrategia Digital Nacional 2021-2024, Diario Oficial de la federación. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5628886&fecha=06/09/2021
Estrategia Digital Nacional, Gobierno de la República, (2013, noviembre). https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/17083/Estrategia_Digital_Nacional.pdf
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México, (2020, 09 de enero), Decreto por el que se abrogan la ley de firma electrónica del distrito federal, publicada en la gaceta oficial del distrito federal el 04 de noviembre de 2009 y la ley de gobierno electrónico de la ciudad de México, publicada en la gaceta oficial del distrito federal el 07 de octubre de 2015; se deroga el artículo 33 de la ley de operación e innovación digital para la ciudad de México. se reforma el artículo 1803 del código civil para el distrito federal. se expide la ley de ciudadanía digital de la ciudad de México. a, art. 2 fracción V; b, art 2 fracc VII. LEY_DE_CIUDADANIA_DIGITAL_DE_LA_CIUDAD_DE_MEXICO_2.pdf (cdmx.gob.mx)
Ley de Firma Electrónica Avanzada del Estado de Chiapas, (2009, 21 de octubre), publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, Decreto Número 325. art.3, fracción I. https://www.poderjudicialchiapas.gob.mx/archivos/manager/db4fley-de-firma-electronica-avanzada-del-estado-de-chiapas.pdf
Ley de Firma Electrónica Avanzada, (2012, 11 de enero), Diario Oficial de la Federación. art.2, fracción XII. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFEA_200521.pdf
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (1976, 29 de diciembre), publicada en el Diario Oficial de la Federación, art. 8, fracción I.
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf
Ley Sobre Gobierno Electrónico y Fomento al Uso de las tecnologías de la información del Estado (26 de julio de 2013), Ley Publicada en Periódico Oficial #84 del día 04 de Julio de 2013. a art 2, fracción XVI; b 2 fracciones IV y V.
Presidencia de la república mexicana (2015, 03 de febrero). Decreto por el que se establece la ventanilla única nacional para los trámites e información del gobierno, Diario Oficial de la Federación. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5380863&fecha=03/02/2015#gsc.tab=0
Presidencia de la república mexicana, (2011, 14 de enero) Decreto por el que se establece la ventanilla digital mexicana de comercio exterior, Diario Oficial de la Federación. http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/SICETECA/VUCEM/Decreto%20VUCEM/DOF.SE.%20DECRETO%20VENT.%20DIGITAL%2014.01.11.pdf
Presidencia de la república mexicana, (2020,31 de marzo), Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2. Diario Oficial de la Federación.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020&print=true
Real Decreto-ley 14/2019, (2019, 31 de octubre), por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones. ( 2019, 05 de noviembre), BOE núm 266, parte II del preámbulo. https://www.boe.es/buscar/pdf/2019/BOE-A-2019-15790-consolidado.pdf
Reilly M. B., (2010). La Administración electrónica a la luz de los principios en Administración electrónica, La ley 11/2007, de 22 de junio, en coordinación Cotino Hueso, Lorenzo, Valero Torrijos Julián, De acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y los retos jurídicos del e-gobierno en España, Tiran lo Blanch, Valencia. https://www.tirantonline.com.mx/tolmex/bibliotecaVirtual/ebookInfo?isbn=9788499858951
Rodríguez, R. Espinosa, A. (2018) Del Gobierno Abierto a la Justicia Abierta: buenas prácticas y propuesta, en coordinación Ríos Vega Luis Efrén, Rodríguez Mondragón Reyes, Spingo Irene, Justicia Abierta, Educación Jurídica y Derechos Humanos, Tirant lo Blanch, México. https://www.tirantonline.com.mx/tolmex/bibliotecaVirtual/ebookInfo?isbn=9788491695332
Serna de la Garza, J. (2010). El concepto de gobernanza. En: Globalización y gobernanza: Las transformaciones del estado y sus implicaciones para el derecho público, en coordinación Serna de la Garza, José María, Globalización y gobernanza: Las transformaciones del Estado y sus implicaciones para el derecho público (contribuir para una interpretación del caso de la guardería abc), Instituto de Investigaciones Jurídicas. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2818/5.pdf